
Los asistentes siguieron con atención las exposiciones de los abogados Ángel Moia y Mariano Churruarín.
La segunda charla debate del ciclo iniciado por la Defensoría del Pueblo sobre promoción de derechos y construcción de ciudadanía se realizó el miércoles 23 de septiembre y fue sobre los cambios del Código Civil y Comercial de la Nación y su influencia en la vida cotidiana. El martes se realizó una sobre las modificaciones del Código Procesal Penal de Entre Ríos, que tuvo una importante convocatoria de público que se renovó para la cita del miércoles.
Temas de alto impacto en el quehacer diario y, en definitiva, en la vida de las personas fueron abordados, primero, por dos especialistas: los abogados Ángel Moia y Mariano Churruarín, y luego, por los presentes, que a través de experiencias propias y comentarios expresaron dudas y opiniones sobre la norma. Se habló sobre las modificaciones relacionadas a al nombre de las personas, el divorcio, la herencia, los alquileres de propiedades, entre otros. El periodista Antonio Tardelli fue el moderador.
A pesar de la tarde lluviosa y fría del miércoles, el salón de la Casa de la Ciudad estuvo repleto de un público variado, integrado por estudiantes, integrantes de organizaciones y vecinos.
La actividad concitó la atención de medios de comunicación de la ciudad, como El Diario de Paraná, que en su edición del domingo 27 de septiembre publicó un interesante artículo sobre la charla.
A continuación, se transcribe la nota titulada El nuevo Código Civil y Comercial puede cambiar el día a día de la gente.

Los abogados Ángel Moia y Mariano Churruarín, junto al periodista Antonio Tardelli. Gentileza El Diario.
«La nueva normativa reformula conceptos centrales de la vida cotidiana como el matrimonio, la convivencia o la identidad de las personas. También introduce la defensa de los derechos individuales y de incidencia colectiva. A un mes y medio de su entrada en vigencia, dos abogados paranaenses brindaron una charla, convocados por la Defensoría del Pueblo de Paraná, sobre el impacto que tiene en la vida de las personas.
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación ha sido calificado por juristas, abogados, escribanos y legisladores, entre otros, como una herramienta del siglo XXI. No faltan, claro, quienes consideran que tiene una redacción confusa en algunos artículos, ni los que creen que su instrumentación tendrá contratiempos.
El 1 de agosto de 2015 entró en vigencia la herramienta que vino a reemplazar, 146 años después, las creaciones de Dalmacio Vélez Sarsfield.
La norma reúne 2.671 artículos –un centenar de personas participaron de la redacción– que abarcan desde cómo se compone una sociedad comercial a la adopción. O los derechos humanos, de incidencia colectiva o de los consumidores. También reformula conceptos como matrimonio, convivencia, hijos, sucesiones o herencias.
Ahora bien, ¿cómo ha de influir el nuevo Código Civil Comercial en la vida cotidiana de los ciudadanos? Sobre eso discurrió una actividad organizada por la Defensoría del Pueblo de Paraná, que tuvo como expositores a los abogados Ángel Moia y Mariano Churruarín.
En diálogo con EL DIARIO, Luis Garay explicó que “el objetivo es continuar con el mensaje que viene dando la Defensoría del Pueblo de empezar a construir ciudadanía, para eso hay que promocionar los derechos y una manera de hacerlo es organizando charlas u ofreciendo jornadas que tengan que ver con darles a los ciudadanos información con un lenguaje despojado de tecnicismos”.
Matrimonio, convivencia, hijos, sucesiones, herencias, todo se reformuló.
“El antiguo Código Civil tenía una visión de sociedad con un proyecto único; pero en un momento determinado de la historia, la visión pasó a ser otra”, explicó Churruarín en la charla que se desarrolló el último miércoles en la Casa de la Ciudad. “El nuevo Código ha reconocido la existencia de una sociedad multicultural, donde muchos grupos de personas que han adquirido derechos: los niños, niñas y adolescentes, de las personas con discapacidad, de los migrantes y refugiados, de los consumidores”, acotó.
Moia, docente, abogado y escribano paranaense, enfatizó que “el nuevo Código Civil y Comercial contiene normas que debemos conocer los abogados, pero también a todos los ciudadanos, porque si uno no entiende cuestiones cotidianas del Derecho, se complica la vida en sociedad”.
Churruarín, abogado y docente de 40 años, por su parte, explicó que “el nuevo Código ha logrado equilibrar derechos competitivos y trata de regular los nuevos problemas sociales. Eso explica por qué se cambian, por ejemplo, las reglas en materia de nombres: si se casan dos mujeres y tienen un hijo, ya no tendría cabida la regla de que debe tener primero el apellido del padre. Pero así como trae más libertades, genera también mucha más responsabilidad”.
Los cambios que despiertan interés y modifican actuales escenarios
1)- El nombre de los hijos. “Al nombre lo eligen el padre y la madre, y más vale que lo elijan. El Código da muchas libertades, pero eso exige responsabilidad. Y también ofrece soluciones. Si padre y madre no se ponen de acuerdo el nombre se sortea”, explicó Moia. “El hecho de que una persona se llame como se llama por sorteo es, por un lado, una innovación; pero empezar la vida en la timba no parece lo más aconsejable”, ironizó luego. Y aportó más precisiones: “No se pueden poner más de tres nombres, nunca un primer nombre igual al nombre del hermano vivo y persiste la prohibición de imponer nombres extravagantes. La nueva legislación permite ahora elegir qué apellido van a tener todos los hijos y en el caso de aquellos hijos cuyo padre no se conoce, llevará el apellido de la madre. Si pasado el tiempo el padre que no lo reconoció al comienzo, lo hace, puede agregar el apellido”.
2)- Divorcio. “Ya no hay plazos mínimos, como antes, que había que esperar dos años. Con la antigua legislación, un matrimonio se terminaba porque las dos partes así lo resolvían o se generaban disputas judiciales para determinar quién había tenido la culpa. Ahora no hay tiempos de matrimonio para solicitar el divorcio ni es necesario conseguir el consentimiento del otro”, remarcó Moia. “Hay más libertad, pero exige más responsabilidad: ante el juez, las partes deben presentar un acuerdo de qué van a hacer con los bienes y qué régimen de visitas van a tener los hijos de la pareja”, aclaró.
Otro elemento nuevo que introduce el Código es la posibilidad de establecer de antemano, por escritura pública ante un escribano, una división de bienes antes de casarse. “Si se opta por la nueva herramienta, hay obligaciones comunes de deber de contribución a los gastos del hogar, protección de la vivienda y responsabilidad ante terceros, pero cada cónyuge dispone y administra libremente. En este caso sí hay un plazo mínimo de un año hasta que la pareja pueda divorciarse”, sostuvo Moia.
3)- Apellido. En el casamiento, cualquiera de los cónyuges puede usar el apellido del otro con o sin la preposición “de”. Incluso pueden seguir utilizándolo si se divorcian, o si el cónyuge hubiera fallecido, salvo que le genere un perjuicio a su ex.
4)- Uniones convivenciales. El nuevo Código también establece pautas para la vida de las parejas en concubinato: “deben ser uniones basadas en relaciones afectivas de carácter singular (no poligamia), pública, notoria, estable (‘Uno debe manifestar en el Registro Civil que se ha unido convivencialmente con alguien’, explicó Moia –sic–) y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo”, dice la normativa. La registración o no tiene efectos cuando la convivencia se rompe.
5)- Derechos individuales y de incidencia colectiva. “El gran desafío que plantea este código, y constituye un avance a nivel mundial, es el reconocimiento de bienes colectivos. Son bienes que son de todos nosotros, pero que ninguno de nosotros puede utilizar exclusivamente, y reconoce que hay bienes que dejaron de ser exclusivamente de los individuos”, explicó Churruarín, y citó como ejemplo el patrimonio ambiental, el patrimonio cultural o pictórico: “Son bienes colectivos y todos tenemos derecho a disfrutarlos”, enfatizó.
El nuevo Código Civil y Comercial reconoce también los derechos de los consumidores, por ejemplo, a no recibir un trato indigno ni discriminatorio.
La nueva normativa también introduce regulaciones sobre el cuerpo humano y sus partes separables, “siempre que se trate de contratos son sin fines de lucro”, aclaró Churruarín. En este punto se generó una discusión respecto de la reproducción asistida, dado que ahora se reconoce la existencia de vida desde la concepción, en lugar de hablar de la vida a partir de la implantación del embrión en la mujer. “Los alquileres de vientre, por ejemplo, no están regulados, pero no están prohibido tampoco”, apuntó Churruarín. “En el antiguo Código, sin embargo, había un solo modelo de familia y la ciencia ha posibilitado nuevas estructuras”, añadió.
6)- Alquileres. La nueva normativa prevé cambios en los contratos de locación. El plazo máximo de alquiler de un inmueble con destino a vivienda es de 20 años (antes era de 10). “Esto supone un cambio en la lógica que siempre tuvieron los alquileres, que se supone que se trata de algo no definitivo, sino temporario”, advirtió Churruarín”.

El cierre de la charla estuvo a cargo del Defensor Garay, quien anticipó la intención de continuar con la actividad.
El cierre estuvo a cargo del Defensor del Pueblo Luis Garay, quien remarcó la importancia de la actividad y el excelente nivel de convocatoria, al tiempo que anticipó la intención de continuar con charlas informativas sobre temas relevantes para la ciudadanía. Participaron también el Defensor del Pueblo Adjunto, Pablo Donadío, y a la Coordinadora del Centro de Mediación, Irina Chausovsky.